El capítulo 19 del TLCAN, un punto clave en la renegociación para México

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Por Emmanuel Gallardo

Desde que la semana pasada el gobierno estadounidense diera a conocer sus objetivos específicos para la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), el Capítulo 19 de dicho acuerdo comercial, cuya naturaleza radica en el mecanismo de solución de controversias comerciales entre los tres países firmantes, acaparó la atención por ser uno de los objetivos de eliminación de Donald Trump en el apartado nombrado “remedios comerciales”.

Cuando uno país socio considera que un competidor está violando las reglas de comercio al recibir subsidios del gobierno o al vender sus productos a precios más bajos, puede apelar para poner impuestos adicionales llamados antidumping o compensatorios sobre dichos productos y mantener un equilibrio comercial. El capítulo 19 del TLCAN permite a los tres países, apelar esta decisión ante un panel compuesto por especialistas de las naciones involucradas.

Un ejemplo de esto: México sufre un déficit comercial con Estados Unidos en fructosa, es decir, importa dos veces más de lo que produce. El gobierno mexicano ha intentado restringir las importaciones de este insumo ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), y al imponer un impuesto a las bebidas que contienen el edulcorante.

De acuerdo al TLCAN, la comercialización de la fructosa es totalmente libre. Sólo el azúcar (donde también existe controversia), tiene restricción con las aduanas de Estados Unidos. La controversia se generó y para octubre 2016,  Estados Unidos no había querido nombrar a sus panelistas, lo que provocó no poder crear un tribunal especial según los estatutos del TLCAN, ya que éste no contempla otra opción para seleccionar a los jueces.

David Hurtado Badiola, panelista que ha participado en solución de controversias del TLCAN y vicepresidente de la Comisión de Comercio y Políticas de Inversión de ICC México, explica esta parte fundamental del capítulo 19:

“Hay un procedimiento establecido en el capítulo 19 del TLCAN y en las reglas de procedimiento del artículo 1904 que establece cómo se nombran (los panelistas). Estos árbitros se nombran para cada caso, no es que exista un tribunal, sino para cada caso concreto. Cada país involucrado nombra a dos árbitros y luego entre ellos se ponen de acuerdo para nombrar a un quinto árbitro, o cinco panelistas. Esos cinco panelistas resuelven el caso, revisan la decisión de la autoridad, dictan su resolución y desaparecen. Son paneles específicos para cada caso”.

David Hurtado explica que el sistema de paneles del capítulo 19 encargado de revisar las decisiones de Estados Unidos, Canadá y México en materia de dumping, ha sido benéfico para los tres socios comerciales y afirma que “si el capítulo 19 se elimina, el perjuicio será para los tres países, no sólo para México”.

Actualmente existen 78 casos contra Estados Unidos que han resuelto los paneles, más ocho que aún están pendientes. Un total de 86 controversias bajo el amparo del capítulo 19 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

“Son casos que llevan tiempo en solucionarse porque no hay un término y esa es una de las propuestas que estamos pidiendo al gobierno mexicano que haga, que haya un procedimiento más rápido y con sanciones por no resolver. Lo que tarda mucho es el nombramiento de estos árbitros, estos panelistas, porque un país nombra panelistas, y el otro país puede rechazarlos todas las veces que quiera”.

La renegociación del TLCAN serviría en este tipo de temas, donde un país puede alargar tanto tiempo como quiera el procedimiento. “Un caso puede tardar un año en la elección de los panelistas. Una vez que ya estamos seleccionados, el panel puede resolver en un año”, comentó Hurtado.

Fuente: El Sol de México