IMSS y SAT firman convenio

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(Te digo Juan para que entiendas Pedro)

 Mediante el boletín fechado el día 20 de Junio de 2016, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dieron a conocer acciones conjuntas encaminadas a reducir la evasión fiscal en materia de contribuciones obrero-patronales, cosa que va más allá de los pomposos anuncios (que no por ello carecen de importancia) de niveles de formalización en el empleo, como lo son: la mejora en la eficiencia recaudatoria, el fortalecimiento de las labores de fiscalización, reducción en la tasa de desocupación, y el bienestar de los trabajadores y de sus familias. 

Debemos tener conciencia del alcance de este convenio de colaboración, pues el que me hace el favor de leer este texto puede advertir que es un tema en el que deben poner atención los departamentos de recursos humanos y finanzas, debido a que los incumplimientos en estas obligaciones conllevan, como la gran mayoría de las fracciones, sanciones que afectan a las empresas.

Pero ¿por qué habría de ser esto de importancia para el área de Comercio Exterior?

Recordemos que una de las obligaciones del esquema de certificación de empresas es el estar permanentemente al corriente del pago de cuotas obrero-patronales ante el IMSS, cosa que con las Reglas de Comercio Exterior para 2017, esto, además de no retener o no enterar el ISR de los trabajadores es causal de requerimiento y en su caso de cancelación de Certificación.

El convenio firmado considera esquemas de colaboración para el intercambio de información, el aprovechamiento de los sistemas tecnológicos para compartir y explotar la información, el diseño de estrategias para el combate a la evasión y defraudación fiscal; así como el ejercicio conjunto, simultáneo o sucesivo, de actos de comprobación de las obligaciones en materia fiscal o de seguridad social.

Como firma López, Márquez Despacho Legal y Grupo I-Xport, buscamos hacer conciencia a la Alta Gerencia de las empresas, sobre la prioridad que debe tener en su administración el cumplimiento en materia de Comercio Exterior y la importancia de que la información que proveen los departamentos de finanzas, ingeniería, almacén -por referir algunos- debe ser  fidedigna, completa, útil y oportuna, para disminuir riesgos de revisión y sanciones bajo el actual modelo de administración tributaria de comercio exterior. De lo contrario, podrían darse consecuencias mayores, como el poner en riesgo la Certificación en modalidad de IVA e IEPS.

Aún y cuando la finalidad primaria del convenio firmado es fortalecer el cumplimiento en materia de cuotas obrero-patronales, el intercambio de la información que derive de este, puede y estoy seguro que así será, tomado en cuenta como parte del cumplimiento de los requisitos de empresa certificada.